El Día de Andalucía se celebra el 28 de febrero y conmemora el referendum del año 1980, que dio autonomía plena a la comunidad andaluza.
En muchos pueblos y ciudades se decoran los balcones, donde se cuelga la bandera de Andalucía de las rejas de esta, y se celebran concursos de patios andaluces y los colegios cantan el himno de Andalucía. En los colegios antes del 28 de febrero, se programan diversas actividades para la conmemoración del día de Andalucía.
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lunes, 25 de febrero de 2013
miércoles, 17 de octubre de 2012
la Reforma Constitucional
Artículo 167
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.
REFORMAS
El 7 de febrero de 1992 se firmó en Maastrich el Tratado de la Unión Europea por el que, entre otros, se modificaba el Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea. El artículo 8.B de éste, prescribiría, tras la aprobación del Tratado de Maastrich, que "todo ciudadano de la Unión europea que resida en un Estado miembro del que no sea nacional tendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en el que resida…".
El Gobierno de la Nación, en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el 24 de abril de 1992, acuerda que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la eventual contradicción entre la Constitución española y el que sería articulo 8.B citado.
El pronunciamiento del Tribunal Constitucional, de fecha 1 de julio de 1992, declaraba:
La reforma de 2011 gira en torno a la modificación del artículo 135 de la Constitución, estableciendo en el texto el concepto de "estabilidad presupuestaria".
En este caso tampoco ha sido obligatorio un referéndum; y como tampoco ha sido solicitado por un 10% de los representantes de una de las cámaras, dentro del plazo previsto.
El Rey sancionó y promulgó la Reforma Constitucional en Madrid, el 27 de septiembre de 2011
1) Describe los pasos que se han de seguir para modificar la Constitución según el artículo 167 C.E. (con tus palabras, no copies el texto)
2) Describe los pasos que se han de seguir para modificar la Constitución según el artículo 168 C.E. y que temas se pueden modificar por este procedimiento. (con tus palabras, no copies el texto)
REFORMAS
Reforma de 1992
El 7 de febrero de 1992 se firmó en Maastrich el Tratado de la Unión Europea por el que, entre otros, se modificaba el Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea. El artículo 8.B de éste, prescribiría, tras la aprobación del Tratado de Maastrich, que "todo ciudadano de la Unión europea que resida en un Estado miembro del que no sea nacional tendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en el que resida…".
El Gobierno de la Nación, en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el 24 de abril de 1992, acuerda que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la eventual contradicción entre la Constitución española y el que sería articulo 8.B citado.
El pronunciamiento del Tribunal Constitucional, de fecha 1 de julio de 1992, declaraba:
1º) que la estipulación contenida en el futuro artículo 8 B, apartado 1, del Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea, tal y como quedará redactado por el Tratado de la Unión Europea, es contraria al artículo 13.2 de la Constitución en lo relativo a la atribución del derecho de sufragio pasivo en elecciones municipales a los ciudadanos de la Unión Europea que no sean nacionales españoles.
2º) que el procedimiento de reforma constitucional, que debe seguirse, para obtener la adecuación de dicha norma convencional a la Constitución, es el establecido en su artículo 167
Al no afectar a ciertos artículos, mencionados en el artículo 168 no se disolvieron las Cortes, y al no solicitar referéndum el 10% de diputados o senadores, éste no se llegó a celebrar.
El Rey sancionó y promulgó la reforma constitucional en Madrid, el 27 de agosto de 1992.
El Boletín Oficial del Estado publicó el texto de la Reforma Constitucional el día 28 de agosto de 1992
La reforma del artículo 135 de la Constitución persigue garantizar el principio de estabilidad presupuestaria vinculando a todas las Administraciones Publicas, reforzar el compromiso de España con la Unión Europea y garantizar la sostenibilidad económica y social .El Boletín Oficial del Estado publicó el texto de la Reforma Constitucional el día 28 de agosto de 1992
La reforma de 2011 gira en torno a la modificación del artículo 135 de la Constitución, estableciendo en el texto el concepto de "estabilidad presupuestaria".
En este caso tampoco ha sido obligatorio un referéndum; y como tampoco ha sido solicitado por un 10% de los representantes de una de las cámaras, dentro del plazo previsto.
El Rey sancionó y promulgó la Reforma Constitucional en Madrid, el 27 de septiembre de 2011
1) Describe los pasos que se han de seguir para modificar la Constitución según el artículo 167 C.E. (con tus palabras, no copies el texto)
2) Describe los pasos que se han de seguir para modificar la Constitución según el artículo 168 C.E. y que temas se pueden modificar por este procedimiento. (con tus palabras, no copies el texto)
jueves, 20 de septiembre de 2012
martes, 8 de mayo de 2012
9 de Mayo, Día de Europa
El 9 de mayo de 1950, Robert Schuman presentó su propuesta para la creación de una Europa organizada, requisito indispensable para el mantenimiento de relaciones pacíficas.
Esta propuesta, conocida como "Declaración Schuman", se considera el germen de la creación de lo que actualmente es la Unión Europea.
El 9 de mayo se ha convertido en el símbolo europeo (Día de Europa) que, junto con la bandera, el himno, el lema y la moneda única (el euro) identifican la entidad política de la Unión Europea.. En el Día de Europa se celebran actividades y festejos que acercan a Europa a sus ciudadanos y hermanan a los distintos pueblos de la Unión.
Esta propuesta, conocida como "Declaración Schuman", se considera el germen de la creación de lo que actualmente es la Unión Europea.
El 9 de mayo se ha convertido en el símbolo europeo (Día de Europa) que, junto con la bandera, el himno, el lema y la moneda única (el euro) identifican la entidad política de la Unión Europea.. En el Día de Europa se celebran actividades y festejos que acercan a Europa a sus ciudadanos y hermanan a los distintos pueblos de la Unión.
viernes, 24 de febrero de 2012
martes, 24 de enero de 2012
Croacia será el proximo socio en la Union Europea
Croacia quiere unirse a la Unión Europea (UE), así ha quedado demostrado luego de un referéndum realizado este domino pasado. Según los resultados, el 66 % de los croatas están a favor de la adhesión de su país a la Unión Europea (UE).
Un 44 por ciento de la población participó de la votación, lo cual es suficiente para considerar el resultado como vinculante ya que esta vez no se exigía superar el 50% de participación, como suele ocurrir en los países de Europa del Este.
Tras depositar su voto en las urnas, el presidente croata Ivo Josipovic expresaba: «Hoy es un gran día para Croacia y el año 2013 será un punto de quiebre en nuestra historia. Espero que toda Europa se convierta en nuestro hogar».
Pese a que la UE no está atravesando por sus mejor momento debido a la crisis, la mayoría de los partidos políticos croatas apoyan su inclusión a la UE y han hecho campaña por el "si".
La incorporación oficial de Croacia a la UE se hará efectiva el primer día de julio del año 2013, lo que coronará siete años de duras negociaciones. El país balcánico pasará a ser el segundo de la ex Yugoslavia que ingrese a la UE, tras Eslovenia, que es miembro desde el año 2004.
Un 44 por ciento de la población participó de la votación, lo cual es suficiente para considerar el resultado como vinculante ya que esta vez no se exigía superar el 50% de participación, como suele ocurrir en los países de Europa del Este.
Tras depositar su voto en las urnas, el presidente croata Ivo Josipovic expresaba: «Hoy es un gran día para Croacia y el año 2013 será un punto de quiebre en nuestra historia. Espero que toda Europa se convierta en nuestro hogar».
Pese a que la UE no está atravesando por sus mejor momento debido a la crisis, la mayoría de los partidos políticos croatas apoyan su inclusión a la UE y han hecho campaña por el "si".
La incorporación oficial de Croacia a la UE se hará efectiva el primer día de julio del año 2013, lo que coronará siete años de duras negociaciones. El país balcánico pasará a ser el segundo de la ex Yugoslavia que ingrese a la UE, tras Eslovenia, que es miembro desde el año 2004.
miércoles, 2 de noviembre de 2011
Convenio Colectivo extra-estatutario
A este tipo de convenios se les conoce con el nombre de convenios irregulares, impropios, atípicos, o convenios de eficacia limitada o de eficacia relativa.
La negociación colectiva extra-estatutaria puede producirse en todos aquellos casos en que no se respeten las normas establecidas en el ET. Hay especialmente, las normas relativas a la legitimación para negociar y tomar acuerdos.
Estos son algunos ejemplos de convenios extra-estatutarios.
1. Por inexistencia de representantes legitimados.
2. Por no alcanzar los porcentajes de representatividad requerido por los Art. 87-88 ET o cuando se alcance pero se excluyen a uno o varios sindicatos o asociaciones empresariales con legitimación inicial por tanto con derecho a sentarse en la mesa de negociación.
3. Por imposibilidad de llegar a un acuerdo mayoritario en cada una de las dos representaciones continuando la negociación con las restantes partes negociadoras.
4. Por la simple voluntad de las partes.
Se reconoce de manera unánime, eficacia a todos los pactos negociados por los representantes de los trabajadores, pero esto no supone que se equiparen en eficacia los convenios estatutarios y extra-estatutarios. A éstos últimos se les reserva un grado de eficacia menor, limitada o relativa.
Estos convenios por no cumplir las exigencias del Título. III del ET, no obligan a todos los trabajadores y empresarios incluidos en su ámbito de aplicación. Carece de la eficacia personal y general que es propia por los convenios regulados por el ET.
Los convenios extra-estatutarios poseen una eficacia personal reducida o limitada a los representados en la negociación. Es decir, a quienes lo negociaron y a sus representados. A los trabajadores y empresarios afiliados y asociados respectivamente a las organizaciones sindicales y patronales pactantes o a los representados por los sindicatos negociadores y a la empresa.En el caso de convenios supraempresariales serán sujetos obligados, los trabajadores y empresarios afiliados al sindicato o sindicatos y a la asociación empresarial o asociaciones empresariales firmantes en el acuerdo.
En los convenios empresariales o ámbito inferior, serán sujetos obligados, los trabajadores afiliados a los sindicatos firmantes y la empresa.
La negociación colectiva extra-estatutaria puede producirse en todos aquellos casos en que no se respeten las normas establecidas en el ET. Hay especialmente, las normas relativas a la legitimación para negociar y tomar acuerdos.
Estos son algunos ejemplos de convenios extra-estatutarios.
1. Por inexistencia de representantes legitimados.
2. Por no alcanzar los porcentajes de representatividad requerido por los Art. 87-88 ET o cuando se alcance pero se excluyen a uno o varios sindicatos o asociaciones empresariales con legitimación inicial por tanto con derecho a sentarse en la mesa de negociación.
3. Por imposibilidad de llegar a un acuerdo mayoritario en cada una de las dos representaciones continuando la negociación con las restantes partes negociadoras.
4. Por la simple voluntad de las partes.
Se reconoce de manera unánime, eficacia a todos los pactos negociados por los representantes de los trabajadores, pero esto no supone que se equiparen en eficacia los convenios estatutarios y extra-estatutarios. A éstos últimos se les reserva un grado de eficacia menor, limitada o relativa.
Estos convenios por no cumplir las exigencias del Título. III del ET, no obligan a todos los trabajadores y empresarios incluidos en su ámbito de aplicación. Carece de la eficacia personal y general que es propia por los convenios regulados por el ET.
Los convenios extra-estatutarios poseen una eficacia personal reducida o limitada a los representados en la negociación. Es decir, a quienes lo negociaron y a sus representados. A los trabajadores y empresarios afiliados y asociados respectivamente a las organizaciones sindicales y patronales pactantes o a los representados por los sindicatos negociadores y a la empresa.En los convenios empresariales o ámbito inferior, serán sujetos obligados, los trabajadores afiliados a los sindicatos firmantes y la empresa.
jueves, 6 de octubre de 2011
Declaración de los Derechos Humanos;
Artículo 2 :Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna.
Artículo 3 :Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4 :Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
Artículo 5 :Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes..
Artículo 6 :Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7 :Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley..
Artículo 8 :Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes.
Artículo 9 :Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10 :Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
Artículo 11 :Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 12 :Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada.
Artículo 13 :Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Artículo 14 :En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
Artículo 15 :Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 16 :Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Artículo 17 :Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Artículo 18 :Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Artículo 19 :Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Artículo 20 :Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Artículo 21 :Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
Artículo 22 :Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23 :Toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda personal tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, asi como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24 :Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre.
Artículo 25 :Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, asi como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
Artículo 26 :Toda persona tiene derecho a la educación.
Artículo 27 :Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
Artículo 28 :Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29 :Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
Artículo 30 :Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
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