miércoles, 2 de noviembre de 2011

Las partes que debe de contener tu curriculum vitae son:

  • Datos personales: Nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimento, estado civil, dirección personal, número de teléfono de contacto, dirección de correo electrónico, etc.
  • Formación académica: Estudios que has realizado, indicando fechas, centro, y lugar donde han sido realizados.
  • Otros Títulos y Seminarios: Estudios realizados complementarios a los universitarios que mejoran tu formación universitaria, indicando las fechas, el Centro y el lugar donde fueron realizados.
  • Experiencia Profesional: Experiencia laboral relacionada con los estudios universitarios o que puedan ser de interés para la empresa que desea contratarte. No olvides señalar las fechas, la empresa dónde trabajaste y las funciones y tareas llevadas a cabo.
  • Idiomas: En este apartado mencionarás los idiomas que conoces y tu nivel. Si obtuviste algún título reconocido, como por ejemplo el "First Certificate" en Inglés, que acredite tus conocimientos en estos ámbitos, indícalo.
  • Informática: Señala aquellos conocimientos informáticos que poseas: sistemas operativos, procesadores de texto, hojas de cálculo, bases de datos, diseño gráfico, internet, etc.
  • Otros Datos de Interés: En este último apartado señala todos aquellos aspectos que no han sido incluídos todavía, tales como: Carné de conducir, disponibilidad, etc.

Convenio Colectivo extra-estatutario

A este tipo de convenios se les conoce con el nombre de convenios irregulares, impropios, atípicos, o convenios de eficacia limitada o de eficacia relativa.

La negociación colectiva extra-estatutaria puede producirse en todos aquellos casos en que no se respeten las normas establecidas en el ET. Hay especialmente, las normas relativas a la legitimación para negociar y tomar acuerdos.


Estos son algunos ejemplos de convenios extra-estatutarios.
1.   Por inexistencia de representantes legitimados.
2.   Por no alcanzar los porcentajes de representatividad requerido por los Art. 87-88 ET o cuando se alcance pero se excluyen a uno o varios sindicatos o asociaciones empresariales con legitimación inicial por tanto con derecho a sentarse en la mesa de negociación.
3.   Por imposibilidad de llegar a un acuerdo mayoritario en cada una de las dos representaciones continuando la negociación con las restantes partes negociadoras.
4.   Por la simple voluntad de las partes.

Se reconoce de manera unánime, eficacia a todos los pactos negociados  por los representantes de los trabajadores, pero esto no supone que se equiparen en eficacia los convenios estatutarios y extra-estatutarios. A éstos últimos se les reserva un grado de eficacia menor, limitada o relativa.
Estos convenios por no cumplir las exigencias del Título. III del ET, no obligan a todos los trabajadores y empresarios incluidos en su ámbito de aplicación. Carece de la eficacia personal y general que es propia por los convenios regulados por el ET.
Los convenios extra-estatutarios poseen una eficacia personal reducida o limitada a los representados en la negociación. Es decir, a quienes lo negociaron y a sus representados. A los trabajadores y empresarios afiliados y asociados respectivamente a las organizaciones sindicales y patronales pactantes o a los representados por los sindicatos negociadores y a la empresa.
En el caso de convenios supraempresariales serán sujetos obligados, los trabajadores y empresarios afiliados al sindicato o sindicatos y a la asociación empresarial o asociaciones empresariales firmantes en el acuerdo.
En los convenios empresariales o ámbito inferior, serán sujetos obligados, los trabajadores afiliados a los sindicatos firmantes y la empresa.

miércoles, 26 de octubre de 2011

Algunas reglas y consejos a la hora de armar y presentar el curriculum vitae...

  • Se breve y sintético, un curricullum no debe de ser extenso, con dos hojas es suficiente.
  • Utiliza papel blanco o de colores claros. Evita colores muy llamativos.
  • Utiliza una fuente legible (por ejemplo Arial o Time New Roman) y un espaciado adecuado que permita un lectura fácil.
  • Escribe en computadora o máquina de escribir, no escribas a mano a no ser que se lo pida expresamente.
  • Escribe las hojas del cv de un sólo lado y respeta los márgenes.
  • Evita errores de ortografía y trata de utilizar toda tu riqueza verbal. Evita abreviaturas o terminos de uso vulgar.
  • Sé honesto, muestra lo mejor de tí pero sin mentir.
  • No es necesario incluir certificados, a no ser que se pida explícitamente. Si se pide adjunta siempre fotocopias, nunca entregues los originales.
  • Incluye una fotografía tipo carné, preferentemente a color y reciente.

jueves, 6 de octubre de 2011

Declaración de los Derechos Humanos;

Artículo 1 :Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Artículo 2 :Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna.
Artículo 3 :Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4 :Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
Artículo 5 :Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes..
Artículo 6 :Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7 :Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley..
Artículo 8 :Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes.
Artículo 9 :Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10 :Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
Artículo 11 :Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 12 :Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada.
Artículo 13 :Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Artículo 14 :En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
Artículo 15 :Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 16 :Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Artículo 17 :Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Artículo 18 :Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Artículo 19 :Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Artículo 20 :Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Artículo 21 :Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
Artículo 22 :Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23 :Toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda personal tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, asi como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24 :Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre.
Artículo 25 :Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, asi como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
Artículo 26 :Toda persona tiene derecho a la educación.
Artículo 27 :Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
Artículo 28 :Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29 :Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
Artículo 30 :Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.


sábado, 1 de octubre de 2011

Hola

Hola a todo el alumnado. Este es mi blog de internet. Mi nombre es Miguel Rodríguez. Soy profesor de Ciclo de Grado Superior en Algeciras

sábado, 24 de septiembre de 2011

Acceso a la Universidad desde la FP

  • Los Técnicos Superiores de Formación Profesional tienen acceso directo a todas las enseñanzas universitarias de Grado. La nota de admisión se obtiene haciendo la media entre los módulos del ciclo formativo.

  • En el caso de aquellos estudios en los que la demanda de plazas sea superior a la oferta (concurrencia competitiva), las solicitudes se ordenarán en función de la nota de acceso de cada estudiante.

    • En caso de empate, tendrá acceso preferente la persona cuyo título de Formación Profesional de grado superior esté adscrito a la misma rama de conocimiento que los estudios universitarios que se quieran cursar de acuerdo con la siguiente tabla: Anexo II Real Decreto 1892. 
    En el caso de querer mejorar la nota media de admisión, los titulados superiores de Formación Profesional pueden presentarse a la Parte Específica de la PAU.
    ¿En qué consiste esta parte específica? Consta de exámenes sobre materias de modalidad. Estas materias están definidas en esta tabla: Anexo I Real Decreto 1892. 
    El alumno decidirá cuántos ejercicios realiza, hasta un máximo de 4. Pero sólo contarán las calificaciones de dos materias que estén relacionadas con la rama del conocimiento de la titulación a la que desea acceder el alumno, por lo que lo más recomendable es que se presente a exámenes de materias que realmente domine. Es decir que puede examinarse de dos, tres o cuatro materias y se le puntuarán las dos en las que haya obtenido una calificación mayor.  Las notas de la fase específica caducan a los 2 años.
    La fórmula para obtener la nota de acceso en este caso es la siguiente:
    Nota Media del ciclo formativo + Materia 1 + Materia 2
    Materia 1, Materia 2: las dos materias en las que haya obtenido una calificación más alta entre las realizadas en la parte específica x 0,1 ó 0,2 (según cada Universidad)