miércoles, 26 de octubre de 2011

Algunas reglas y consejos a la hora de armar y presentar el curriculum vitae...

  • Se breve y sintético, un curricullum no debe de ser extenso, con dos hojas es suficiente.
  • Utiliza papel blanco o de colores claros. Evita colores muy llamativos.
  • Utiliza una fuente legible (por ejemplo Arial o Time New Roman) y un espaciado adecuado que permita un lectura fácil.
  • Escribe en computadora o máquina de escribir, no escribas a mano a no ser que se lo pida expresamente.
  • Escribe las hojas del cv de un sólo lado y respeta los márgenes.
  • Evita errores de ortografía y trata de utilizar toda tu riqueza verbal. Evita abreviaturas o terminos de uso vulgar.
  • Sé honesto, muestra lo mejor de tí pero sin mentir.
  • No es necesario incluir certificados, a no ser que se pida explícitamente. Si se pide adjunta siempre fotocopias, nunca entregues los originales.
  • Incluye una fotografía tipo carné, preferentemente a color y reciente.

jueves, 6 de octubre de 2011

Declaración de los Derechos Humanos;

Artículo 1 :Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Artículo 2 :Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna.
Artículo 3 :Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4 :Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
Artículo 5 :Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes..
Artículo 6 :Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7 :Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley..
Artículo 8 :Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes.
Artículo 9 :Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10 :Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
Artículo 11 :Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Artículo 12 :Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada.
Artículo 13 :Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Artículo 14 :En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
Artículo 15 :Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 16 :Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Artículo 17 :Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Artículo 18 :Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Artículo 19 :Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Artículo 20 :Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Artículo 21 :Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
Artículo 22 :Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23 :Toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Toda personal tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, asi como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24 :Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre.
Artículo 25 :Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, asi como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
Artículo 26 :Toda persona tiene derecho a la educación.
Artículo 27 :Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
Artículo 28 :Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29 :Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
Artículo 30 :Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.


sábado, 1 de octubre de 2011

Hola

Hola a todo el alumnado. Este es mi blog de internet. Mi nombre es Miguel Rodríguez. Soy profesor de Ciclo de Grado Superior en Algeciras